... en el presente caso, se evidencia que hubo un pronunciamiento dictado por este Tribunal, que resolvió la controversia planteada, y que el mismo encuentra definitivamente firme y ejecutoriado, por lo que mal obraría este Juzgadora en revocar una decisión definitivamente firme, que causaria la violación de las doctrinas y conceptos jurisprudenciales establecidos por nuestro máximo Tribunal. En virtud de todo lo antes expuesto, considera esta Juzgadora DESESTIMAR POR IMPROCEDENTE la solicitud de revocatoria solicitada por el abogado ROBERT RODRIGUEZ CAMPOS. ASÍ SE DECIDE.