En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano WILMER FERRER, en contra de la ciudadana ANA CELINA HERNÁNDEZ.
SEGUNDO: En virtud de la precedente declaratoria se RESUELVE el contrato de arrendamiento suscrito entre el ciudadano WILMER FERRER y ANA CELINA HERNÁNDEZ, en fecha 15-06-2005, autenticado ante la Notaria Publica Segunda de Porlamar, anotado bajo el Nº 44, Tomo 37 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Oficina.
TERCERO: En razón de la resolución aquí decretada, se ordena a la arrendataria ANA CELINA HERNÁNDEZ, a hacer la entrega material a la parte actora libre de bienes y personas, el inmueble arrendado, ubicado en la prolongación de.....