"...este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, tratándose entonces la materia objeto de la presente transacción de las no prohibidas para llevar a cabo el presente acto de auto composición procesal en atención a lo dispuesto en la norma del artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación en todos y cada uno de los términos expuestos en la misma..."