...este Tribunal actuando como Despacho saneador y a objeto de corregir cualquier error que pueda anular los actos del proceso, y de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, revoca el auto de admisión de fecha 29-4-2003, y declara nulas todas y cada una de las actuaciones subsiguientes al referido auto de admisión, dejando expresa constancia que se Revoca la Medida de Embargo decretada y ejecutada en este procedimiento. Ofíciese lo conducente a la Depositaria Judicial correspondiente. Líbrese oficio y admítase la demanda. Cúmplase.-