...y visto que no se ha dado cumplimiento a la formalidad de fijación del referido cartel, es por lo que, se insta a la parte interesada a coordinar con la Secretaria del Tribunal sobre dicho traslado, a los fines de dar cumplimiento con dicha formalidad de fijación prevista en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil. En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Niega lo solicitado. Y así se decide.-