...este Tribunal acuerda en conformidad con lo solicitado, y por cuanto en cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir del procedimiento; conforme a lo dispuesto en la norma del Articulo 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación y en consecuencia da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, según lo dispuesto en el Articulo 263 ejusdem. Y así establece.-