... este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la recusación propuesta por la ciudadana ZENDA ROSAS AVILA, parte co-demandada, contra el experto, ciudadano JOSÉ VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 5.030.770
SEGUNDO: Conforme a lo ordenado por el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, y por cuanto quien decide considera que la recusación interpuesta no reviste el carácter de criminosa, se impone a la recusante una multa de DOS BOLIVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 2,oo), la cual deberá pagar en el término de TRES (03) días de despacho a este mismo Tribunal, el cual actuará como agente de retención del Fisco Nacional para su ingreso en la Tesorería Nacional para lo cual, deberá consignar la recusante la correspondiente planilla.....