Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer y decidir la presente demanda intentada por, ACCIÓN MERO-DECLARATIVA, incoada por la abogada LISELLOT JOSEFINA FERNANDEZ SILVA, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ANA VICTORIA TELLEZ, contra el ciudadano HUMBERTO LAGUNA, ya identificados, a razón de la CUANTÍA y en consecuencia, DECLINA SU COMPETENCIA, al Juzgado de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines de que conozca de la presente causa.
Se deja constancia que a partir de la publicación de la presente decisión, las partes tienen un plazo de cinco (5) días de despacho para solicitar la regulación de competencia de .....