...este Tribunal visto que en la materia objeto de litigio no están prohibidas las transacciones; y constatado como ha sido que la parte que desiste tiene capacidad para disponer del objeto sobre el cual versa la presente controversia, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal, de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACIÓN y en consecuencia, da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. ASÍ SE DECIDE.-