...este Tribunal decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre bienes muebles propiedad del demandado, hasta cubrir la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 1.546.875,00), suma ésta que comprende el doble de la cantidad demandada, es decir, la cantidad de Seiscientos Ochenta y Siete Mil Quinientos Bolívares (Bs. 687.500,00) más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal en la cantidad de Ciento Setenta y Un Mil Ochocientos setenta y Cinco Bolívares (Bs. 171,875,00) a razón del veinticinco por ciento (25%). En caso de recaer dicha medida sobre cantidades líquidas, se fija el monto de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 859.375,00), cantidad ésta que comprende el valor de la suma demandada, más el veinticinco por ciento (25%) de las costas.