En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la Perención de la Instancia, en el juicio que por DIVORCIO, que incoara la ciudadana MARI VERLY SOTILLO PINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.006.251, de este domicilio contra ASNARDO JOSÉ PÉREZ VELIZ, venezolano, casado, militar, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.885.142, domiciliado en la Calle La Marina, Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, contenido en el expediente N° 25.383, de la nomenclatura particular de este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
La condenatoria de perención no determina condena en costas por mandato del artículo 283 del Código de Pro.....