Por los motivos anteriores expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio hecha por los ciudadanos JOSE SENEMI DUGARTE MARQUINA y EUDIS FELICIA RODRIGUEZ ARISMENDI, anteriormente identificados, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil celebrado por ante la Prefectura del Municipio Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta, en fecha 30 de Enero de 1998.
Publíquese y regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción del Estado Nueva Esparta. La Asunción, a los trece (13) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Tres (2003). Años 193° de la Independencia y 144° de la Federación.-