Este Tribunal de conformidad a todos los requisitos exigidos en nuestro ordenamiento jurídico y cumplidos los mismos. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, sobre dicha bienhechuría, a la ciudadana MILITZA JOSEFINA SIMANCAS, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 6.015.549, salvo los derechos que puedan tener terceros, todo de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Tómese nota de éste, en el Libro Diario y devuélvanse originales de estas actuaciones al interesado conforme a lo solicitado. Cúmplase.