Vista la diligencia suscrita por la abogada SHIRLEY ARISMENDI ESTRELLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.985, con el carácter apoderada judicial de la parte actora en el expediente N° 22.166, contentivo del juicio que por PRESCRIPCION ADQUISITIVA interpusiera la ciudadana MARIA ELIOSA VILLARROEL, contra los sucesores de FRANCISCA MARIÑAS y OTROS, mediante la cual en nombre de sus representados, desiste del procedimiento en la presente causa, teniendo facultad para ello según se evidencia de autos, y por tratarse de materia sobre las cuales no están prohibidas las transacciones; este Tribunal acuerda en conformidad con lo solicitado, conforme a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, le imparte su homologación, y en consecuencia da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de COSA JUZGADA. ASÍ SE ESTABLECE.-
Así mismo, se acuerda la devolución de los documentos originales consignados a los.....