En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la Perención de la Instancia, en la presente solicitud que por demanda por demanda por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, intentada por la ciudadana MARÍA DEL CARMEN SEPÚLVEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.618.042, de este domicilio contra el ciudadano ROBIN VIANNEY CASTILLO MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-19.559.157, de este domicilio, contenido en el expediente N° 25.406, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
La condenatoria de perención no determina condena en costas por mandato del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.