... y por cuanto ha sido criterio de la doctrina que el artículo 15 del Código de Procedimiento Civil, constriñe al Juez a evitar el perjuicio que se le pueda causar a alguna de las partes, y en acatamiento a la jurisprudencia emanada de la Sala Constitucional, N° 33 de fecha 26-1-2004, caso: Luis Manuel Díaz Fajardo, respecto a la función del defensor ad-litem cuando no ejerce oportunamente una defensa eficiente, es que, en atención a lo previsto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, en aras de evitar o corregir las faltas que puedan anular cualquier acto procesal, que Revoca la designación como defensor ad-ltem de la parte demandada, abogado GUSTAVO RAFAEL IZAGUIRRE FILGUEIRA, ya previamente identificado, y se Repone la Causa al estado de designar nuevo defensor ad-litem en el presente juicio y como consecuencia de la reposición decidida, se declaran nulas todas las actuaciones a partir del día 03-3-2008 inclusive. Y ASI SE DECIDE.-...