...Ahora bien, la citada norma consagra el principio de igualdad de las partes, imponiéndole al Juez la obligación de garantizar el derecho de defensa en el transcurso del proceso, deber que lo obliga a mantener los derechos y facultades comunes, evitando que sucedan extralimitaciones que afectarían el ejercicio del derecho de la contraparte. En este sentido, y por cuanto es deber del actor indicar cual es el bien o los bienes que serán afectados con las medida decretadas a los fines de que surta sus efectos; mal podría este Tribunal proceder a solicitar información sobre las cuentas corrientes propiedad del demandado en autos para que se proceda con el embargo preventivo, por lo que a criterio de este Juzgadora se estaría favoreciendo injustificadamente a una parte y desvirtuando el fin último que se persigue en los órganos de administración de Justicia. En consecuencia, este Tribunal, niega lo solicitado por el apoderado actor en los términos aquí expresados. ASÍ SE ESTABLECE.