..Por todos los planteamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, declara: INADMISIBLE la demandada de COBRO DE BOLIVARES (Intimación) interpuesta por la Sociedad Mercantil ESTRUCTURAS Y PROYECTOS, C.A., contra la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIONES LOS GECKOS, C.A., plenamente identificadas en autos. ASI SE DECIDE.-