Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por la ciudadana VIVIANA GERARDINA GENTILI GARCÍA, contra el ciudadano OSCAR AUGUSTO POSSO GUZMÁN, ambos ya identificados, de conformidad con la causal 2° del artículo 185 del Código Civil, referido al Abandono Voluntario.
SEGUNDO: Se disuelve el vínculo conyugal contraído por ellos ante el Registro Civil del Municipio Maneiro del estado Bolivariano de Nueva Esparta, anotado bajo el Nº 84, folios 209 al 211, en los libros de Registro Civil de Matrimonio, llevados por esa Oficina, correspondiente al año 2006.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida en juicio, de acuerdo a lo establecido en el artí.....