Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta por ALFREDO MILLAN G. y JULIO OSTOS contra el Dr. MIGUEL MENDOZA LOPEZ, en su carácter de JUEZ SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, VILLALBA, TUBORES Y PENINSULA DE MACANAO DE ESTE ESTADO.
SEGUNDO: Notifíquese de esta decisión al Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial, para que siga conociendo la causa; y remítase estas actuaciones al Tribunal que esta conociendo la causa, para que remita el expediente al Tribunal mencionado.
TERCERO: Procédase de conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, cancelando la Multa de Bs. 2.000,oo.
Publíquese, regístrese, déjese c.....