En fuerza de las precedentes consideraciones de hechos y de derecho, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en sede CONSTITUCIONAL, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida por el Ciudadano CESAR AUGUSTO MALAVE MORENO contra la Junta Directiva de la empresa MOARAM, C.A., representada por el ciudadano JESUS A. MALAVE MORENO.
SEGUNDO: TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE AMPARO CONSTITUCIONAL.
TERCERO: SE IMPONE a la parte actora UNA MULTA DE DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) pagaderos a favor de la Tesorería Nacional, en las Oficinas del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria. El sancionado deberá acreditar el pago de la multa, mediante la consignación en autos del comprobante correspondiente dentro de los cinc.....