...; y visto que con la acción interpuesta, se pretende impedir la ejecución de un fallo dictado por este Tribunal, en el que lógicamente hubo un juzgamiento total sobre el caso ya decidido, hoy objeto de la presente Acción de Amparo Constitucional, procedo de conformidad con el numeral 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, a Inhibirme, “Por haber el recusado manifestado su opinión sobre lo principal del pleito o sobre la incidencia pendiente.....”. La presente inhibición obra en contra de la parte actora, MELIDA ORDOÑEZ SALAZAR. Es todo, término, se leyó y conformes firman.-