En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa primera del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil planteada por la parte demandada, sociedad de comercio PROMOCIONES RECREATIVAS VENEZOLANAS ("PREVECA"), C.A., denominada comercialmente como CASINO ALHAMBRA PALACE, ..SEGUNDO: PROCEDENTE la acumulación por conexión de la demanda de cumplimiento de contrato arrendaticio por vencimiento de la prórroga legal...En consecuencia, es COMPETENTE este Juzgado para conocer de ambos procesos, por lo que se acuerda se acumulen, absorbiendo el que se encuentra en el Juzgado Tercero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para abr.....