Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en su Sala de Juicio Única, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la Solicitud de Separación de Cuerpos y su Conversión en Divorcio propuesta por los Ciudadanos Identidad omitida, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-omitida y V-omitida; respectivamente y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA.-