Impone a la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, las sanciones de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, prevista en el articulo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes respectivamente, consistentes en: 1) Estudiar y/o trabajar, debiendo consignar ante el Tribunal de Ejecución la respectiva constancia cada ttes meses , que así lo acredite. Sanción ésta que deberá ser ejecutada por le Tribunal de ejecución de la Sección Adolescentes y LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el articulo 625 de la Ley Especial, consistente en la obligación de someterse a la supervisión, asistencia y orientación de los miembros del Equipo Multidisciplinario de este Sistema, cada treinta (30) días, por el lapso de DOS (02) AÑOS. Cítese a la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado en autos junto a su Defensa, para el día (06) de Julio de 2017, a las 10:00 horas de la mañana, a fin de imponerlo del presente auto. En cuanto los efectos del seguimiento y cumplimien.....