ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, acuerda de conformidad con lo dispuesto en los artículos 646, 647 literal "e" en relación con lo dispuesto en el artículo 622 parágrafo primero "EJUSDEM", MODIFICAR la sanción de Reglas de Conducta, prevista en el artículo 624 IBIDEM, consistente en presentarse cada 15 días ante el Tribunal de Ejecución y Obligación de asistir a la Fundación "José Félix Ribas" del Hospital Dr. Luis Ortega de Porlamar, por la única obligación de permanecer en el servicio militar en la "Escuela de Tropas Aéreas de la Aviación Venezolana", por el lapso que le resta por cumplir con la sanción de Un (01) Año y Seis (06) meses. Ofíciese lo conducente. Notifíquese Fiscal, Defensa y joven adulto. Déjese copia de la presente decisión. Diaricese. Cúmplase.