PRIMERO: En relación a la sanción de Reglas de Conducta, consistente en las presentaciones cada 15 días, por el lapso de UN (01) AÑO, ante la Fundación de Desarrollo y Acción Social (FUNDESA), de la revisión de las actas que integran la presente causa, se observa que no consta en autos informe detallados de las asistencias efectivamente cumplidas por el joven adulto por la referida institución, en consecuencia se ordena oficiar a la Fundación de Desarrollo y Acción Social, con el objeto de que se sirvan remitir a la brevedad posible informe de las presentaciones cumplidas por el joven adulto, desde la fecha 10 de Febrero de 2004, hasta la presente fecha. Librese el correspondiente oficio. SEGUNDO: En relación a la Regla de Conducta consistente en la obligación que tiene el joven adulto IDENTIDAD OMITIDA de estudiar educación formal o realizar cursos de capacitación y/o trabajar, de las revisión de las actas que integran la presente causa, se observa que no riela en autos las referida.....