Impone al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, las sanciónes de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA prevista en el Artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de UN (01) AÑO, consistentes en: 1) Estudiar y/o trabajar, debiendo consignar ante el Tribunal de Ejecución la respectiva constancia que así lo acredites cada tres meses.. Cítese al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado en autos junto a su Defensa, para el día (13) de junio de 2017, a las 09:30 horas de la mañana, a fin de imponerlo del presente auto. En cuanto los efectos del seguimiento y cumplimiento de la sanción se ordena al equipo multidisciplinario la elaboración del plan individual de conformidad con el articulo 633- A de la Ley Orgánica de Protección A Niños Niñas Y Adolescentes, por lo que en consecuencia deberá el adolescente sancionado comparecer para el día, (26) de mayo de 2017, a las 09:30 horas de la mañana, a fin de la elaboración del.....