ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, ACUERDA DECLINAR LA COMPETENCIA para el control de la ejecución de las medida impuestas de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, al adolescente identidad omitida y en consecuencia se ordena remitir el expediente original al Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Estado Sucre-Extensión Carúpano. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 646, 647 literales "a y f" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 629, 630 literal "a" Ejusdem y 614 Ibidem, en concordancia con el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese a la Fiscal Séptima del Ministerio Público, a la Defensa Pública N° 03. Ofíciese conforme a la decisión dictada. Remít.....