Por lo que considera quien aquí decide, luego del estudio y análisis de las actas que cursan en la presente causa, que lo más procedente es declarar SIN LUGAR, la solicitud Fiscal de ENJUICIAR A LA ADOLESCENTE (Identidad Omitida), ANTES IDENTIFICADA Y EN CONSECUENCIA DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA PUBLICA DE MARRAS EN DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la investigación signada con el número 0000649 de la nomenclatura de este tribunal e instruida en fecha de fecha 17 de febrero del año 2005.
Con base a lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CUSA SEGUIDA A LA ADOELSCENTE (Identidad Omitida) antes identificada, en los términos expuestos, de conformidad con lo establecido en el artículo ordinal 2 del articulo 318 del Código Or.....