En consecuencia este Tribunal en Funciones de Juicio Mixto por todos los motivos antes expuestos ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY hace los siguientes pronunciamientos PRIMERO: Se declara por Unanimidad CULPABLE Y PENALMENTE RESPONSABLE al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal en agravio de la victima Hernán José Carreño Aviles. SEGUNDO: En atención a la naturaleza y gravedad de los hechos, el grado de responsabilidad del adolescente, que en derecho es autor directo, la edad, la capacidad para cumplirla, la cual se infiere a través de los soportes referidos a las evaluaciones psicológicas y psiquiátricas insertas a los folios del presente asunto todos de la presente causa que es idónea, racional y proporcional a la sanción de Privación de Libertad por el lapso de CUATRO (4) AÑOS. Para la im.....