DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Unipersonal de Juicio, Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 583, y 605 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con lo dispuesto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a hacer los siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Sanciona al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, anteriormente identificado, con la medida de: SERVICIOS A LA COMUNIDAD, la cual consiste en tareas de interés general que el adolescente debe realizar en forma gratuita, por un LAPSO de SEIS (06) MESES, la cual deberá prestar en la Fundación de Protección Animal o en cualquiera otra institución que el juez en la fase de Ejecución determine de conformidad con lo establecido en el articulo 646 Ejusdem, durante una jornada máxima de ocho horas semanales.....