DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal Unipersonal de Juicio EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY se hace en los siguientes términos: PRIMERO: ABSUELVE al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), plenamente identificado de la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 36, de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, conforme a lo establecido en el literales ?E? del artículo 602 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Quedaron revocadas las medidas cautelares impuestas al adolescente así como su condición de imputado. Siendo las 2:20 horas de la tarde del día de hoy, queda publicada la respectiva sentencia en la sala de audiencias de este Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes, a los 07 días del mes de Junio del año 2005. Regístrese. Diarícese. Cúmplase
LA JUEZ DE JUICIO,
CRISTELL ERLER NAVARRO
EL.....