En consecuencia este Tribunal en funciones de Juicio Accidental de la Sección de Adolescentes EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY UNICO: ACUERDA con lugar la solicitud de diferimiento efectuado por el adolescente JEAN CARLOS GRANCHELLI, y ordena fijar el acto de Juicio Oral y Privado en la presente causa para el día MARTES VEINTIDOS (22) DE ENERO DEL AÑO 2.008, A LAS 09:30 HORAS DE LA MAÑANA, ello en atención a la agenda única llevada por el tribunal de juicio, así como al calendario judicial del cual se evidencia como no laborables los días del 24/12/2007 al 06/01/2008 aunado al hecho que me fuere otorgado reposo pre y pos-natal por encontrarme en estado de gravidez siendo pautada operación de cesárea para el día 15/12/2007. Quedan todas las partes presentes notificadas de la presente decisión. Líbrese los correspondientes oficios. Cúmplase.