Con la fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control 2 de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal Fronterizo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: Se acuerda con lugar lo solicitado por el Ministerio Público, y en consecuencia acuerda con lugar lo solicitado por el Ministerio Publico, y ordena: : PRIMERO: Seguir la investigación por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 551 al 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se acuerda el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA SIN PENETRACION, previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, y sancionado en el articulo 529 "ejusdem", TERCERO: En relación a la medida cautelar efectuada se impone la PRISION PREVENTIVA contenida en el artículo 581 de la Ley Orgánica para.....