EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LAS FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE, OÍDAS LAS EXPOSICIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO, EL ADOLESCENTE IMPUTADO ASÍ COMO LA DEFENSA, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: En cuanto a la calificación del procedimiento, este Tribunal, vistas las circunstancias señaladas por el Ministerio Público y evidenciadas en las Actas Policiales, y la aprehensión de la adolescente , a los fines se acuerda decretar el PROCEDIMIENTO ABREVIADO POR FLAGRANCIA ,de conformidad con lo dispuesto en los artículos 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo previsto en el articulo 372 del Código Orgánico Procesal penal, en tal sentido se ordena la remisión de las actuaciones al tribunal de Juicio de esta misma sección de Adolescente a los fines de que se convoque al juicio oral y privado, para que en el lapso común de cinco días concurran al tribunal de Juicio. ASÍ SE DECIDE. SEGUNDO: Este tri.....