Con la fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: Sancionar a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificada en la primera parte de esta sentencia, de conformidad con lo dispuesto en literal f) del el artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, con la sanción de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, contenida en el literal B, del artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual se encuentra descrita en el artículo 624 "Ejusdem", por el lapso de Seis (06) Meses, sanción por la cual queda obligada la adolescente a presentarse una vez al mes ante el Tribunal de Ejecución de la Sección Adolescentes, así mismo deberá presentarse ante la Trabajadora Social adscrita a esta sección adolescentes, qui.....