EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En cuanto a la calificación del Procedimiento, este Tribunal en prima fase comparte la calificación fiscal, ya que a pesar del modo de aprehensión y del compendio probatorio aportado se encuentran elementos suficientes para determinar la flagrancia; no obstante este merece especial atención, el punto sobre la identificación de este adolescente, el cual aporta su nombre y número de cédula de identidad y aunque aparezca concordante con la verificación de la oficina de SIPOL, de la delegación del Cuerpo Técnico de Investigaciones, Científicas, Criminalisticas y Penales, del estado Nueva Esparta, ello no prueba realmente la verdadera identificación del mismo; por cuanto no poseemos la partida de nacimiento a los fines de constatar con los archivos de la DIEX. Por ello considero que faltando uno de los elementos fundamentales, establecidos en el artículo 570 Litera.....