EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, 1.- ORDENA EL DIFERIMIENTO DEL ACTO DE AUDIENCIA PRELIMINAR, fijado para el día de hoy en la causa seguida a los Adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, la cual se ordena fijar ara el día jueves 18 de octubre a las 10:00 horas de la mañana, para la cual quedan todas las partes presente notificadas. 2.- Por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, no ha comparecido ante los servicios auxiliares a los fines de realizarse las evaluaciones Clínico sociales previstas en el artículo 622, literal H de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente , este tribunal ordena la realización de las mismas, para lo cual se fija la realización de las referidas evaluaciones para el día lunes 15 de Octubre alas 12:00 horas del medio día, fecha en la cual deberá comparecer el adolescente ante los servicios auxiliares ubicados en el tercer piso del p.....