En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA: ACUERDA CESAR LA MEDIDA DE PROTECCION, solicitada por la Fiscalía Superior de este estado en fecha 08-12-09, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 en concordancia con lo pautado en el artículo 42 ambos de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, en virtud de la misma haber cumplido su objetivo y por haber trascurrido el lapso legal para la existencia de la misma, pautado en el artículo 42 antes mencionado. Líbrense las boletas de notificaciones respectivas y los oficios pertinentes. Así se decide.