De las actas se estima acreditada la comisión de un hecho punible, perseguible de oficio, cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita, que encuadra en la precalificación dada a los hechos por el Ministerio Público, este es el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto en el artículo 405 del Código Penal Vigente, delito que conforme a la ley especial que rige el sistema de responsabilidad penal de adolescentes, merece como sanción la privación de libertad. Así mismo, se evidencia que existen fundados elementos de convicción para estimar que el adolescente imputado ha sido el autor o partícipe en la comisión del hecho punible, siendo estos: 1.- Acta de Investigación suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, cursante a los folios 4 y 5; 2.- Inspección Técnica suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, cursante al folio 7; 3.- Actas de Entrevista a los ciudada.....