Con la fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Bolivariano de Nueva Esparta. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescente Acuerda: Sancionar al ciudadano adolescente ( IDENTIDAD OMITIDA) , identificado anteriormente, con la medida de PRIVACION DE LIBERTAD por el lapso de SEIS (6) AÑOS Y OCHO (8) MESES, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONALCALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 406 ordinal 1,en agravio de JESUS RAMON RODRIGUEZ MURGUEY (Occiso), ROBO AGRAVADO establecido en el articulo 458 del código Penal y AGAVILLAMIENTO previsto en el artículo 286 del Código Penal, todo en CONCURSO REAL DE DELITOS, previsto en el artículo 86 del Código Penal,.....