vista la exposición del ciudadano presentado por la Fiscal Séptima del Ministerio publico, en esta investigación, quien manifiesta ser mayor de edad, en virtud de que su fecha de nacimiento es 08 de septiembre de mil novecientos ochenta y ocho (1988) lo cual aparece corroborado, en los registros policiales, cursantes en el presente expediente, signado con el oficio Nº 9700-073-1341, de fecha 02/10/206 emanado del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sub.-delegación Porlamar, Nueva Esparta, donde el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, aparece registrado policialmente, como nacido en fecha 08/09/1988, Por lo que; a la presente fecha tiene exactamente 18 AÑOS y 25 días, y siendo que quien aquí decide, solo es competente para conocer las causas de los ciudadanos venezolanos, hasta un día antes de cumplir 18 años, es la razón por la cual SE DECLINA LA COMPETENCIA, de este asunto en un Tribunal de Control de la Jurisdicción Ordinaria de este Circuito judicial Penal, en .....