Con la fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 2 Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: Sancionar al adolescente, IDENTIDAD OMITIDA, con la sanción IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, contenida en los literal b, del artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, las cuales se encuentran descritas en el artículo 624 "Ejusdem", por el lapso de Un (1) año Cuatro (04) Meses, sanción por la cual queda obligado el adolescente a trabajar y consignar la respectiva constancia ante el Tribunal de Ejecución de la sección Adolescentes, así mismo se le imponen presentaciones periódicas cada 30 días ante el referido Tribunal y recibir orientación Psicológica y Psiquiatrica una vez al mes ante los servicios auxiliares de esta Sección Adolescentes, por ser responsable de la comisión del .....