ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: ÚNICO: Se DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y en consecuencia se ACUERDA LA ORDEN DE APREHENSIÓN del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de hechos punibles contra las personas como lo es el delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACION Y ALEVOSIA POR MOTIVO FUTIL E INNOBLE, previsto en el articulo 406 numeral 2 del Código Penal Vigente en perjuicio del ciudadano OMITIDA(OCCISO), todo en atención a la norma constitucional de garantía establecida en el artículo 44, numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Su APREHENSIÓN inmediata será practicada por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones.....