Este Tribunal en funciones de Control N° 01 de la Sección Adolescentes, oídas como han sido las partes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, una vez revisadas las actas que conforman la investigación, así como oído lo expuesto, se acuerda un Plazo de treinta (30) días para que el Ministerio Público presente su acto conclusivo y asimismo se mantienen las medidas cautelares impuestas al adolescente en fecha 26 de septiembre de 2003 durante la audiencia de calificación del procedimiento. Es todo.¿ Siendo las 10:30 horas de la mañana, se declaró concluida la audiencia y estando presente las partes, quedan notificadas del contenido de la presente acta. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ (T) DE CONTROL N° 01,
DRA. ANA MARIELA SUCRE.
LA DEFENSORA PÚBLICA N° 08,
DRA. BESAIDA LUNA
EL ADOLESCENTE IMPUTADO
IDENTIDAD OMITIDA
LA FISCAL SÉP.....