En Virtud de todo lo antes expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, N° 01 DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a lo pautado en el Artículo 37 ordinal 5º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en concordancia con lo previsto en el articulo 120 Ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal y 19 y 35 de la Ley de Protección de Victimas , Testigos y Demás Sujetos Procesales; así como cumpliendo las formalidades de dicho requerimiento, tal como lo requiere el articulo 17 ejusdem, ACUERDA PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y en consecuencia adopta las siguientes Medidas de Protección a favor de la víctima, ciudadano ODILIO JOSE GOMEZ RINCONES, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.852.632, y SU GRUPO FAMILIAR; por el lapso de SEIS (06) MESES, conforme a lo previsto en el articulo 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Su.....