ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acoge la precalificación del delito que imputa en este acto la representante del Ministerio Público de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas. SEGUNDO: Se decreta la LIBERTAD PLENA DEL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA. Líbrese la boleta de libertad plena. TERCERO: Se acuerda continuar la investigación por la vía del procedimiento ordinario, conforme a lo establecido en los artículos 551 al 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. CUARTO: se ordena la destrucción de la sustancia incautada conforme al artículo 193 de la Ley Orgánica de Drogas, en consecuencia ofíciese a la Fiscalía Superior de este estado, remi.....