EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY en virtud de que en ambas causas se encuentra como imputado el adolescente IDENTIDAD OMITIDA y estando en igualdad de estado procesal se acuerda la acumulación de las causas signadas con los N° OP01-P-2005-003355, N° OP01-P-2005-004628 y OP01-P-2005-005394 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal el cual señala de manera taxativa "...ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas...", en concordancia con lo establecido en el artículo 66 "ejusdem". Vista la comisión librada al Tribunal en Funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en fecha 09/03/2006 se ordena remitir copias certificadas de las actas de investigación así como del escrito de acusación a la entidad comisionada con el objeto de que realice las diligencias per.....