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Decisiones del dia 23/03/2006

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
Paginas 1 [Total de sentencias: 9] Página 1 de 1
N° Expediente : OP01-D-2005-000066 N° Sentencia : OP01-D-2005-000066 Fecha: 23/03/2006
Procedimiento:
Procedimiento Ordinario
Partes:
IMPUTADO: ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA/FISCALÍA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Resumen:
ACUERDA: PRIMERO: Aplicar lo dispuesto para el Juicio Breve del Código de Procedimiento Civil lo contenido en el artículo 889, donde la causa se entenderá abierta a pruebas por diez días y durante este lapso el adolescente y su abogado defensor, deberán promover las pruebas que consideren pertinentes a objeto de demostrarle a este tribunal si efectivamente el incumplimiento verificado de las obligaciones pactadas, con la finalidad de saber si ha sido justificado o legítimo, una vez agotado este lapso dentro de los cinco días siguientes a la conclusión del lapso probatorio tal como lo establece el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente por la remisión ordenada en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, donde el Tribunal decidirá la presente incidencia, todo ello en aras de garantizar el principio de audiencia y de ser oído tal como lo ordena el artículo 49 de nuestro texto constitucional. SEGUNDO: De conformidad.....
Juez/Ponente:
Cristell Erler Navarro
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
arriba

N° Expediente : OP01-P-2005-004477 N° Sentencia : OP01-P-2005-004477 Fecha: 23/03/2006
Procedimiento:
Revisión De Medida
Partes:
IMPUTADO: ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA/FISCALÍA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Resumen:
ACUERDA: PRIMERO: Aplicar lo dispuesto para el Juicio Breve del Código de Procedimiento Civil lo contenido en el artículo 889, donde la causa se entenderá abierta a pruebas por diez días y durante este lapso el adolescente y su abogado defensor, deberán promover las pruebas que consideren pertinentes a objeto de demostrarle a este tribunal si efectivamente el incumplimiento verificado de las obligaciones pactadas, con la finalidad de saber si ha sido justificado o legítimo, una vez agotado este lapso dentro de los cinco días siguientes a la conclusión del lapso probatorio tal como lo establece el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente por la remisión ordenada en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, donde el Tribunal decidirá la presente incidencia, todo ello en aras de garantizar el principio de audiencia y de ser oído tal como lo ordena el artículo 49 de nuestro texto constitucional. SEGUNDO: De conformidad.....
Juez/Ponente:
Cristell Erler Navarro
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
arriba

N° Expediente : OP01-D-2005-004527 N° Sentencia : OP01-D-2005-004527 Fecha: 23/03/2006
Procedimiento:
Revisión De Medida
Partes:
IMPUTADO: ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA/FISCALÍA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Resumen:
ACUERDA: PRIMERO: Aplicar lo dispuesto para el Juicio Breve del Código de Procedimiento Civil lo contenido en el artículo 889, donde la causa se entenderá abierta a pruebas por diez días y durante este lapso el adolescente y su abogado defensor, deberán promover las pruebas que consideren pertinentes a objeto de demostrarle a este tribunal si efectivamente el incumplimiento verificado de las obligaciones pactadas, con la finalidad de saber si ha sido justificado o legítimo, una vez agotado este lapso dentro de los cinco días siguientes a la conclusión del lapso probatorio tal como lo establece el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente por la remisión ordenada en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, donde el Tribunal decidirá la presente incidencia, todo ello en aras de garantizar el principio de audiencia y de ser oído tal como lo ordena el artículo 49 de nuestro texto constitucional. SEGUNDO: De conformidad.....
Juez/Ponente:
Cristell Erler Navarro
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
arriba

N° Expediente : OP01-D-2005-004605 N° Sentencia : OP01-D-2005-004605 Fecha: 23/03/2006
Procedimiento:
Procedimiento Ordinario
Partes:
IMPUTADO: ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA/FISCALÍA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Resumen:
ACUERDA: PRIMERO: Aplicar lo dispuesto para el Juicio Breve del Código de Procedimiento Civil lo contenido en el artículo 889, donde la causa se entenderá abierta a pruebas por diez días y durante este lapso el adolescente y su abogado defensor, deberán promover las pruebas que consideren pertinentes a objeto de demostrarle a este tribunal si efectivamente el incumplimiento verificado de las obligaciones pactadas, con la finalidad de saber si ha sido justificado o legítimo, una vez agotado este lapso dentro de los cinco días siguientes a la conclusión del lapso probatorio tal como lo establece el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente por la remisión ordenada en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, donde el Tribunal decidirá la presente incidencia, todo ello en aras de garantizar el principio de audiencia y de ser oído tal como lo ordena el artículo 49 de nuestro texto constitucional. SEGUNDO: De conformidad.....
Juez/Ponente:
Cristell Erler Navarro
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
arriba

N° Expediente : OP01-P-2005-004586 N° Sentencia : OP01-P-2005-004586 Fecha: 23/03/2006
Procedimiento:
Procedimiento Ordinario
Partes:
IMPUTADO: ADOLESCENTE, IDENTIDAD OMITIDA/FISCALÍA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Resumen:
ACUERDA: PRIMERO: Aplicar lo dispuesto para el Juicio Breve del Código de Procedimiento Civil lo contenido en el artículo 889, donde la causa se entenderá abierta a pruebas por diez días y durante este lapso el adolescente y su abogado defensor, deberán promover las pruebas que consideren pertinentes a objeto de demostrarle a este tribunal si efectivamente el incumplimiento verificado de las obligaciones pactadas, con la finalidad de saber si ha sido justificado o legítimo, una vez agotado este lapso dentro de los cinco días siguientes a la conclusión del lapso probatorio tal como lo establece el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente por la remisión ordenada en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, donde el Tribunal decidirá la presente incidencia, todo ello en aras de garantizar el principio de audiencia y de ser oído tal como lo ordena el artículo 49 de nuestro texto constitucional. SEGUNDO: De conformidad.....
Juez/Ponente:
Cristell Erler Navarro
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
arriba

N° Expediente : OP01-P-2005-004691 N° Sentencia : OP01-P-2005-004691 Fecha: 23/03/2006
Procedimiento:
Procedimiento Ordinario
Partes:
IMPUTADO: ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA/FISCALÍA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Resumen:
ACUERDA: PRIMERO: Aplicar lo dispuesto para el Juicio Breve del Código de Procedimiento Civil lo contenido en el artículo 889, donde la causa se entenderá abierta a pruebas por diez días y durante este lapso el adolescente y su abogado defensor, deberán promover las pruebas que consideren pertinentes a objeto de demostrarle a este tribunal si efectivamente el incumplimiento verificado de las obligaciones pactadas, con la finalidad de saber si ha sido justificado o legítimo, una vez agotado este lapso dentro de los cinco días siguientes a la conclusión del lapso probatorio tal como lo establece el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente por la remisión ordenada en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, donde el Tribunal decidirá la presente incidencia, todo ello en aras de garantizar el principio de audiencia y de ser oído tal como lo ordena el artículo 49 de nuestro texto constitucional. SEGUNDO: De conformidad.....
Juez/Ponente:
Cristell Erler Navarro
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
arriba

N° Expediente : OP01-P-2005-004777 N° Sentencia : OP01-P-2005-004777 Fecha: 23/03/2006
Procedimiento:
Procedimiento Ordinario
Partes:
IMPUTADO: ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA/FISCALÍA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Resumen:
ACUERDA: PRIMERO: Aplicar lo dispuesto para el Juicio Breve del Código de Procedimiento Civil lo contenido en el artículo 889, donde la causa se entenderá abierta a pruebas por diez días y durante este lapso el adolescente y su abogado defensor, deberán promover las pruebas que consideren pertinentes a objeto de demostrarle a este tribunal si efectivamente el incumplimiento verificado de las obligaciones pactadas, con la finalidad de saber si ha sido justificado o legítimo, una vez agotado este lapso dentro de los cinco días siguientes a la conclusión del lapso probatorio tal como lo establece el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente por la remisión ordenada en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, donde el Tribunal decidirá la presente incidencia, todo ello en aras de garantizar el principio de audiencia y de ser oído tal como lo ordena el artículo 49 de nuestro texto constitucional. SEGUNDO: De conformidad.....
Juez/Ponente:
Cristell Erler Navarro
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
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N° Expediente : OP01-P-2006-001053 N° Sentencia : OP01-P-2006-001053 Fecha: 23/03/2006
Procedimiento:
Procedimiento Ordinario
Partes:
IMPUTADO: IDENTIDAD OMITIDA/DEFENSOR: ABG. GEISHA CAMACARO. DEFENSORA PÚBLICA PENAL N° 03/FISCAL: DRA. ZARIBELL CHOLLETT FISCAL SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Resumen:
Decretar el PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo dispuesto en los artículos 551 al 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así se decide. SEGUNDO: En relación a la precalificación fiscal dada al delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con lo preceptuado en el artículo 80 "ejusdem". Este tribunal comparte la misma, en virtud de que de los hechos enunciados por el Ministerio Público y adminiculados hacen presumir fundados indicios del delito en referencia y en el recorrido del delito "Iter Crimines" ciertamente este adolescente en compañía del otro sujeto mencionado como "Cesar" no pudieron logra su cometido toda vez que los mismos fueron sorprendidos en momentos que comenzaban a realizar actos ejecutivos para lograr despojar con amenazas a la vida, a tres de los ciudadanos que laboran como camioneros y antes identificados. TERCERO: En cuanto a la solicitud de MEDIDAS CAUTELARES, .....
Juez/Ponente:
Cristell Erler Navarro
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
arriba

N° Expediente : OP01-P-2005-004316 N° Sentencia : OP01-P-2005-004316 Fecha: 23/03/2006
Procedimiento:
Procedimiento Ordinario
Partes:
IMPUTADO: ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA.
Resumen:
ACUERDA: PRIMERO: Aplicar lo dispuesto para el Juicio Breve del Código de Procedimiento Civil lo contenido en el artículo 889, donde la causa se entenderá abierta a pruebas por diez días y durante este lapso el adolescente y su abogado defensor, deberán promover las pruebas que consideren pertinentes a objeto de demostrarle a este tribunal si efectivamente el incumplimiento verificado de las obligaciones pactadas, con la finalidad de saber si ha sido justificado o legítimo, una vez agotado este lapso dentro de los cinco días siguientes a la conclusión del lapso probatorio tal como lo establece el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil aplicado supletoriamente por la remisión ordenada en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, donde el Tribunal decidirá la presente incidencia, todo ello en aras de garantizar el principio de audiencia y de ser oído tal como lo ordena el artículo 49 de nuestro texto constitucional. SEGUNDO: De conformidad.....
Juez/Ponente:
Cristell Erler Navarro
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 1 de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
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